Jurídicos

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Solicitudes de los Servicios Jurídicos

Podrán solicitar certificaciones según el tipo, las personas siguientes:

  1. El titular de la inscripción.
  2. Los familiares: padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, tíos, cónyuges o viudos.
  3. Los representantes legales.
  4. Otras personas interesadas que deben autorizar a recoger.

La efectividad de la entrega de la certificación depende de que el solicitante complete los datos sobre tomo, folio y registro civil, que se encuentran en el documento de identidad permanente de cada persona, en el caso del nacimiento.

Usted podrá solicitar los siguientes certificos, siguiendo este enlace

Certificación de nacimiento.

Certificación de matrimonio

Certificación de defunción

Certificación de soltería

Certificación de divorcio

Entre otros certificos, además, usted puede solicitar:

Antecedentes penales

Declaratoria de herederos y actos de última voluntad

 

Números de teléfonos de las unidades donde la población realiza los trámites y recibe servicios en los  territorios.

Registro civil: 47 505 315

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