Planificación Física

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Dirección Municipal de Planificación Física

Directora: Yamila Capote Rodríguez

Teléfono de la Entidad: 4873880

Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

Contamos con horario establecido para la atención a la población por parte de la directora, el mismo es en nuestra oficina todos los martes de 1.00 pm a 5.00 pm, los demás días atiende la subdirectora de la entidad. También recibimos quejas o sugerencias via telefónica o por el correo.

Tramites que se realizan

Certificados de Regulaciones Urbanas Disposición Jurídica: Resolución 54/2014 del IPF

Las Regulaciones Urbanas le sirven a las personas para conocer las características del solar donde se ubica la vivienda. Para solicitarlas debe presentar en nuestra dirección los siguientes documentos:

Termino: 10 días hábiles

 

Otorgamiento de licencias y autorizaciones de construcción, Disposición Jurídica: Resolución 54/2014 del IPF

Termino para la revisión de proyecto: 30 días hábiles.

 

Termino para emitir la Licencia de Construcción: 30 días hábiles posteriores a la revisión del proyecto.

 

La persona solicita una Autorización de obra cuando desea: Construir una cerca perimetral, cisterna o fosa; modificar su fachada; Impermeabilización total de la cubierta; pintura o reparación de repello en exteriores cuando la vivienda este ubicada en zona declarada monumento nacional, vias principales o edificios multifamiliares. Para solicitar este tramite debe presentar los siguientes documentos:

Termino: 30 días a partir de la fecha de presentación de la solicitud

Valor del Servicio: $ 20.00

No requieren Licencia de Construcción, ni autorizo de construcción los trabajos de conservación (enchapar baños, y cocinas existentes, reparación o sustitución de repellos interior o exterior, reparación de grietas en paredes exteriores de madera, sustitución de tanque de agua sin modificar las instalaciones hidráulicas, sustitución o reparación de falso techo, sustitución de rejas, reparación parcial de la carpintería exterior), así como otras acciones que se realicen pero que no afecten la fachada de la vivienda ni transformen la estructura constructiva de la misma 

Tarifas: Disposición Jurídica: Decreto-Ley 322/14 y Gaceta Oficial No.40 Extraordinaria de 5 de septiembre del 2014.

 

Licencias de Construcción de viviendas: 

Obras nuevas hasta 60 m2 --- Valor del servicio $ 55.00 y sello de $ 10.00

Obras Nuevas de 60 hasta 80 m2 --- Valor del servicio $ 75.00 y sello de $ 15.00

Obras Nuevas de más de 80 m2 --- Valor del servicio $ 95.00 y sello de $ 15.00

Ampliación y Remodelación hasta 60 m2 --- Valor del servicio $ 35.00 y sello de $ 10.00

Ampliación y Remodelación de 60 hasta 80 m2 -- Valor del servicio $ 55.00 y sello de $ 10.00

Ampliación y Remodelación más de 80 m2 --- Valor del servicio $ 75.00 y sello de $ 10.00

 

Certificados de habitable, Disposición Jurídica: Resolución 54/2014 del IPF y Gaceta Oficial Nro 40 Extraordinaria de 5 de septiembre del 2014

Este trámite se solicita en nuestra dirección después de haber concluido una obra amparada por una Licencia de Construcción, debe presentar los siguientes documentos:

Este puede ser en caso de obras nuevas o de Reconstrucción de Viviendas Parcial, que para ello debe tener las condiciones mínimas de habitabilidad:

Termino: 30 días a partir de la fecha de presentación de la solicitud

Valor del Servicio: $ 25.00

 

Asignación de terrenos estatales, Disposición Jurídica: Resolución 54 y 55/14 del IPF.

Las personas que deseen construir una vivienda y no poseen con solar yermo para ello pueden presentarse en la DMPF con los siguientes documentos

Causales por las que se otorga el solar

 

Dictámenes técnicos para la descripción y tasación de viviendas, Disposición Jurídica: Resolución 54/2014 del IPF y Decreto-Ley 322/14

El dictamen de descripción, tasación, medidas y linderos se emite para rectificar o actualizar títulos de propiedad por: error en la dirección de la vivienda, no coincidan las medidas o limites reales de la vivienda con lo expresado en el título, no coincida los locales que conforman la vivienda con lo descrito en el título, no describan en el titulo las áreas exteriores (jardín al frente, pasillo lateral patio de tierra y patio cementado), cambios en la distribución interior que no llevan permiso porque provocan cambios estructurales en la vivienda, por haber ejecutado acciones constructivas sin permiso que no violan las regulaciones arquitectónicas y urbanas, entre otros. Para realizar este tramite debe presentar los siguientes documentos:

Termino: 20 días hábiles

 

Cesión de solares yermos y azoteas,

Termino: 35 días hábiles (15 para la DMPF y 20 para la DPPF)

Termino: 35 días hábiles 

Termino: 60 días hábiles

 

Litigios y reclamaciones en torno a Solares Yermos, Derecho Perpetuo de Superficie y Medidas y Linderos. Disposición Jurídica: Resolución 54/2014 del IPF y Gaceta Oficial Nro 40 Extraordinaria de 5 de septiembre del 2014

Cuando se produce un conflicto en torno a Solares Yermos, Derecho Perpetuo de Superficie y Medidas y Linderos la persona afectada deberá presentar los siguientes documentos para promover el proceso:

Termino: 60 días hábiles

Quien no esté de acuerdo con la resolución dictada establecerá recurso de apelación en el tribunal provincial en un termino de 30 días hábiles después de la fecha de notificación de dicha resolución.